La Confederación Sindical Independiente Fetico lo ha vuelto a LOGRAR, tras iniciar la demanda presentada ante la Audiencia Nacional en el año 2018 solicitando que el inicio y el disfrute de las licencias retribuidas para las personas trabajadoras fuese en día hábil, demanda a la que se adhirieron el resto de sindicatos, a pesar del revés sufrido por la sentencia en contra de la Audiencia Nacional, el TRIBUNAL SUPREMO, ha declarado que las personas trabajadoras del Grupo Champion tienen DERECHO a:
1. Que el INICIO del cómputo de los días del permiso por matrimonio ha de ser en día hábil y por tanto laborable.
2. Que en caso de accidente grave, hospitalización de parientes de hasta segundo grado de consanguinidad o afinidad, el inicio y el disfrute ha de ser en días laborables.
3. Que en caso de fallecimiento de parientes de hasta segundo grado de consanguinidad o afinidad, enfermedad grave diagnosticada por el facultativo, e intervención quirúrgica sin hospitalización que requiera de reposo domiciliario de parientes de hasta segundo grado de consanguinidad o afinidad, el inicio y el disfrute ha de ser en día laborable.
La sentencia del Tribunal Supremo, es clara al efecto, por tanto, desde ahora las personas trabajadoras del Grupo Champion podréis acogeros a estos permisos en caso de necesidad, el cómputo y disfrute debe de ser en DÍA LABORABLE, salvo la excepción del permiso por matrimonio.
FETICO trabaja de manera constante para que tus condiciones laborales sean cada día mejor, y así ha quedado dictaminado y patente por el alto tribunal.
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